|
Sres. Asistentes,
D. JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES,
Alcalde-Presidente,
D. JULIÁN TABERNERO LÓPEZ,
D. ANTONIO SEVILLANO GUTIÉRREZ,
D. FELIX CASTILLA ALONSO,
D. JOSÉ ENCINAS MONTES,
Dª. FRANCISCA MARTÍN ESTÉVEZ,
Dª. EVA COLINA HERNÁNDEZ,
D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA PAULOS,
Concejales.
Ausentes,
D. ALFREDO JOSÉ DEL ARCO ESTÉVEZ,
Concejales.
En Villavieja de Yeltes, siendo las quince horas y once minutos
del día cuatro de diciembre de dos mil tres, se reúnen en el Salón
de Actos de la Casa Consistorial, los señores arriba relacionados,
bajo la Presidencia de Don José Manuel García Torres y asistidos
por la Sra. Secretario-Interventor , Doña Mª Isabel Caballo López,
que certifico.
Constatada la existencia de quórum suficiente para la válida
celebración de la Sesión, con la presencia de ocho de los nueve
concejales que integran el Pleno, aquélla es declarada abierta por
la Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los asuntos
incluidos en el Orden del Día.
PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA
SESIÓN ANTERIOR. A continuación por la Presidencia se pregunta a
los presentes si alguno tiene que manifestar algún reparo que
formular al acta de la sesión celebrada el día 30 de octubre de
2003, y no siendo manifestado ninguno, es aprobada por unanimidad
de los miembros presentes.
SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE
LA CESIÓN GRATUITA DE TERRENOS DE LA CALLE EFECTUADA POR LA
FUNDACIÓN BENÉFICA VIRGEN DE LOS CABALLEROS
....
....
....
VOTACION.- Votos a favor, 8. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE DELEGACIÓN EN REGTSA DE LA
SOLICITUD DE COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE INGRESOS DEL IMPUESTO DE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS.- PROPOSICIÓN.- Visto lo dispuesto en el
apartado 2 de la Orden HAC/3154/2003, de 12 de noviembre, por la
que se establece el plazo de remisión de información para el
cálculo de la liquidación definitiva de la compensación a favor de
las Entidades Locales por pérdida de ingresos derivada de la
reforma del Impuesto de Actividades Económicas, y considerando que
este Ayuntamiento tiene encomendada la gestión recaudatoria del
citado impuesto en REGTSA, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento
Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
- primero, delegar en REGTSA la solicitud de compensación por
pérdida de ingresos derivada de la reforma del Impuesto de
Actividades Económicas.
- segundo, poner en conocimiento de REGTSA el contenido del
presente acuerdo.
VOTACION.- Votos a favor, 8. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
CUARTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO DE CESIÓN DE USO DE
UNA PARTE DEL CENTRO PARROQUIAL PARA SERVICIO DE VELATORIO.
PROPOSICIÓN.-
CONVENIO DE CESIÓN DE USO DE UNA
PARTE DEL HOGAR PARROQUIAL SITO EN C/ CABALLEROS NÚM. 2
En Villavieja de Yeltes,
REUNIDOS: De una parte D. José Manuel García Torres,
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, con
D.N.I. núm. 07.942.029Z, actuando en nombre y representación del
mismo y asistido por el Secretario de la Corporación, Dª María
Isabel Caballo López, con D.N.I. núm. 07.866.438R, que da fe del
acto.
De otra parte D. Bernabé Tapia Tapia, mayor de edad, provisto de
D.N.I. núm. 07.889.020C, actuando en calidad de Cura-Párroco de la
Parroquia de Villavieja de Yeltes (Salamanca), en nombre y
representación de la misma.
RECONOCIÉNDOSE mutuamente las capacidades jurídica y de obrar
necesarias y suficientes para la firma del presente Convenio, en
la calidad con que actúan, MANIFIESTAN:
I.- Que la Parroquia de Villavieja de Yeltes es la propietaria de
un edificio, conocido como Hogar Parroquial ubicado en la C/
Caballeros núm. 2 de Villavieja de Yeltes, en la planta baja del
edificio existe un salón con una superficie útil de 129,40 m2 y
superficie construida de 154,08
II.- Que el Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes le interesa la
utilización del citado salón para su utilización como velatorio,
previa adecuación del mismo a tal fin.
III.- Que la Parroquia de Villavieja de Yeltes ha sido siempre
receptiva a las demandas de utilización del local por el
Ayuntamiento o los Agentes Sociales, por lo que ambas partes
convienen el presente Convenio de Cesión de uso gratuito con la
condición de que sea destinado a dicha finalidad conforme a las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA: La Parroquia de Villavieja de Yeltes, representada por D.
Bernabé Tapia Tapia (con el informe favorable de la Junta
Parroquial y la Autorización del Ordinario diocesano) CEDE EL USO
DEL SALÓN DE 129,40 M2 DE SUPERFICIE ÚTIL 154,08 M2 DE SUPERFICIE
CONSTRUIDA, ubicado en la planta baja del Hogar Parroquial sito en
la C/ Caballeros, núm. 2 al Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes
para la adecuación del mismo y su utilización como velatorio
municipal, permitiéndose expresamente la prestación de dicho
servicio a la comunidad mediante concesión u otra forma de gestión
indirecta durante un período de veinticinco años. El Ayuntamiento
es responsable de la correcta utilización durante ese período.
SEGUNDA: El Ayuntamiento (directa o indirectamente) deberá adecuar
el local a la finalidad prevista (velatorio municipal), adecuación
que deberá respetar la normativa legal vigente. En todo caso, la
entrada al Hogar Parroquial será independiente de la del
velatorio, teniendo lugar la de este último por la C/ Larga.
TERCERA: El Ayuntamiento se compromete a la conservación y
mantenimiento del salón cedido, responsabilizándose de evitar
aquellos deterioros del inmueble ajenos al mero transcurso del
tiempo, tanto antes como después de su transformación. Será de
cuenta del Ayuntamiento el mantenimiento del mismo (agua, energía
eléctrica, limpieza...). La conservación de la cubierta del
edificio correrá a cargo de las partes firmantes del presente
Convenio.
CUARTA: Concluido el período de cesión, el salón y los muebles
anejos al mismo pasan a la Parroquia de Villavieja de Yeltes con
todas las mejoras experimentadas y en perfecto estado de
funcionamiento. La Parroquia determinará entonces su finalidad,
pudiendo prorrogar el período de cesión.
QUINTA: Para lo no previsto en el presente convenio, se estará a
lo dispuesto en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el
que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
SEXTO: Las partes firmantes se someten expresamente al fuero de
los Jueces y Tribunales de Ciudad Rodrigo, renunciando a cualquier
otro que particular que pudiera corresponderles con arreglo a las
leyes procedimentales vigentes.
SÉPTIMO: El presente convenio entra en vigor a partir de la fecha
en que se firme este contrato entre ambas partes, momento en que
se entregará el uso del inmueble al Ayuntamiento.
En prueba de conformidad, y previa lectura del presente convenio,
los otorgantes se afirman y ratifican en el contenido del mismo,
firmándolo por triplicado ejemplar en el lugar y fecha expresados
en el encabezamiento.
EL ALCALDE
EL PÁRROCO
EL SECRETARIO
VOTACIÓN.- Votos a favor, 8. Votos
en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como
acuerdo en sus mismos términos.
QUINTO.- INFORMES DE LA ALCALDÍA.- Seguidamente tomó la palabra el
Sr. Alcalde-Presidente para informar en relación a los siguientes
asuntos:
- Se ha concedido por la Consejería de Sanidad y Bienestar Social
de la Junta de Castilla y León subvención para la realización de
inversiones en el Centro de Salud, consistentes en pintura general
de interiores, por importe total de 1.576,99 euros, de los cuales
563,22 euros serán satisfechos por la Excma. Diputación Provincial
de salamanca.
- Igualmente se ha concedido por la
Excma. Diputación Provincial de Salamanca, subvención para la
realización de obras de reparación, conservación y mantenimiento
del C.R.A. Río Yeltes, por importe de 1.329,53 euros.
- En días pasados se ha celebrado
una reunión con Alcaldes y Concejales de los Ayuntamientos de
Martín de Yeltes, Sancti-Spiritus, El Cubo de Don Sancho y
Villavieja de Yeltes a los efecto de la posible creación de una
Cooperativa Forestal.
SEXTO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- A
continuación tomó la palabra el Sr. Concejal D. José Ignacio
García Paulos, para manifestar que se debería dar una pequeña
ayuda a la Asociación de Padres para la Cabalgata de Reyes, a los
efectos de mejorar el material existente, como el vestuario de las
personas que intervienen en la misma.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde dio por
terminada la sesión, levantándola a las 15,39 horas, de la que se
extiende la presente Acta de la que como Secretario doy fe.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
EL SECRETARIO-INTERVENTOR
DILIGENCIA para hacer constar que la transcripción del anterior
Acta se extiende desde el folio 1.815.718 OA01 anverso hasta el
folio 1.815.718 OA01 reverso. EL SECRETARIO.
|