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Sres. Asistentes,
D. JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES,
Alcalde-Presidente,
D. JULIÁN TABERNERO LÓPEZ,
D. ANTONIO SEVILLANO GUTIÉRREZ,
D. FELIX CASTILLA ALONSO,
Dª. EVA COLINA HERNÁNDEZ,
Concejales.
Ausentes,
Dª. FRANCISCA MARTÍN ESTÉVEZ,
D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA PAULOS,
D. ALFREDO JOSÉ DEL ARCO ESTÉVEZ,
Concejales.
En Villavieja de Yeltes, siendo las
dieciséis horas y cincuenta minutos del día once de febrero de dos mil
cuatro, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los
señores arriba relacionados, bajo la Presidencia de Don José Manuel
García Torres y asistidos por la Sra. Secretario-Interventor , Doña Mª
Isabel Caballo López, que certifico.
Constatada la existencia de quórum
suficiente para la válida celebración de la Sesión, con la presencia de
seis de los nueve concejales que integran el Pleno, aquélla es declarada
abierta por la Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los
asuntos incluidos en el Orden del Día.
PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL
BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. A continuación por la
Presidencia se pregunta a los presentes si alguno tiene que manifestar
algún reparo que formular al acta de la sesión celebrada el día 16 de
enero de 2004, y no siendo manifestado ninguno, es aprobada por
unanimidad de los miembros presentes.
SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE,
ARRENDAMIENTOS: DEHESA. PROPOSICIÓN.- Vista la necesidad de proceder a
la adjudicación de los aprovechamientos de las fincas municipales: los
pastos de la denominada “Dehesa Boyal”, esta Alcaldía propone al
Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: aprobar los
pliegos de condiciones que han de regir los aprovechamientos las fincas
municipales: los pastos de la denominada “Dehesa Boyal”.
VOTACION.- Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La
proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA
IMPOSICIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS REGULADORAS DE IMPUESTOS,
TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS .PROPOSICIÓN.- Visto el expediente instruido
por iniciativa de la Alcaldía en el que se justifica la necesidad,
oportunidad y legalidad de imposición y modificación de determinados
tributos locales. Examinadas las Ordenanzas correspondientes, redactadas
al efecto, así como todo lo actuado sobre el particular, obrante en el
expediente, teniendo en cuenta que se han cumplido todos los requisitos
legales previstos en las Leyes 7/85, de 2 de Abril, y 39/88, de 28 de
Diciembre, y que esta Corporación es competente para el acuerdo de que
se trata, se acuerda con carácter provisional:
- primero, modificar los impuestos, tasas
y precios públicos que a continuación se relacionan, fijando las
respectivas tarifas en los términos que igualmente se indica:
a) Impuesto de Bienes Inmuebles, respecto
del que la principal modificación consiste en establecer un tipo
impositivo del 1,00% para los bienes de características especiales.
Igualmente se fija una bonificación del 70% en la cuota íntegra del
impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del
inicio de las obras, a los inmuebles que constituyan el objeto de la
actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción
inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a
ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.
b) Impuesto de Actividades Económicas,
respecto del cual la modificación consiste en su adaptación a la
legislación vigente, sin modificar las tarifas establecidas.
c) Impuesto de Vehículos de Tracción
Mecánica, respecto del cual la modificación consiste en su adaptación a
la legislación vigente, sin modificar las tarifas establecidas.
d) Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y obras, respecto del que la principal modificación
consiste en establecer un tipo de gravamen del 3,00%.
e) Tasa por Suministro de Agua, cuya
principal modificación consiste en considerar que la falta de pago del
servicio, los usos de agua no autorizados, las derivaciones o
manipulaciones del contador, el incumplimiento de bandos de restricción
en épocas de sequías, el no permitir la entrada para la lectura y la no
reparación de averías se presumirá como renuncia a la prestación del
servicio; en todo caso se requerirá al interesado para que en el plazo
de 15 días regularice la situación, procediéndose en caso contrario al
corte del suministro.
f) Tasa por recogida de Basuras, cuya
modificación consiste en establecer unas cuotas de 6,00 euros para
Viviendas, 8,00 euros para Viviendas-Establecimientos Comerciales, 15,00
para Bares y 10,00 para Tiendas, panaderías, carnicerías, pescaderías y
otras.
g) Tasa de Alcantarillado, cuya
modificación consiste en establecer una cuota de acometida a la red de
36,00 euros. Igualmente se modifican las tarifas por prestación del
servicio, fijándose la cuota en 2,00 euros/año por cada metro cúbico,
tanto para viviendas, como para locales y otros edificios.
h) Tasa por Utilización de Piscinas
Municipales, Instalaciones Deportivas y análogas, cuya principal
modificación consiste en establecer una cuota por utilización de
Piscinas Municipales, por entradas individuales, de 6 a 16 años de 1,50
euros y de mayores de 16 años de 3,00 euros; por abonos, de 6 a 16 años
de 30,00 euros, de mayores de 16 años de 52,00 euros y familiar de 90,00
euros.
i) Tasa por Ocupación de Terrenos de uso
público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas,
puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas, cuya
principal modificación consiste en establecer una cuota de 0,50
euros/m2/día, hasta la fecha de finalización de obra, de acuerdo con la
licencia otorgada y 1,00 euros/m2/día, a partir de la fecha de
finalización de la obra, de acuerdo con la licencia otorgada.
j) Tasa por Saca de Piedra, Arena y otros
materiales de construcción de terrenos de titularidad municipal, cuya
principal modificación consiste en establecer una cuota de 3,00 euros/m3
de material extraído.
k) Tasa por Prestación de Servicios
Funerarios, cuya principal modificación consiste en establecer una cuota
por conservación de cementerio de 6 euros/ unidad año para sepulturas y
3 euros metro l./año para panteones; igualmente por inhumaciones y
exhumaciones se fija una cuota de 35 euros servicio.
l) Tasa por Concesión de Sepulturas en el
Cementerio Municipal, cuya principal modificación consiste en establecer
una cuota de 60,00 euros la sepultura.
m) Tasa por Tránsito de ganado, cuya
principal modificación consiste en establecer una cuota de 0,60 euros
para ganado cabrio, lanar y porcino; y de 1,20 euros para ganado vacuno
y caballar.
n) Tasa por recogida de Residuos, cuya
principal modificación consiste en introducir que la recogida de
residuos se efectuará antes del día 10 y después del día 15 de cada mes,
así mismo los residuos deberán ser depositados en la vía pública con 48
horas de antelación a su recogida para facilitar la misma, comunicándolo
al Ayuntamiento.
o) Tasa por la Prestación del servicio o
realización de actividades de utilización de columnas, carteles y otras
instalaciones locales análogas para la exhibición de anuncios, cuya
principal modificación consiste en establecer una cuota de 10,00 euros/
mes y 60 euros/ año por cada metro cuadrado de superficie ocupada; 20
euros/ mes y 100 euros /año por cada metro cuadrado de superficie
ocupada en interiores y exteriores de instalaciones municipales.
p) Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo
y Vuelo de la Vía Pública, cuya principal modificación consiste en un
cambio de denominación de Precio Público pasa a ser Tasa, de conformidad
con la legislación vigente
q) Precio Público por el Uso de Cocheras
Municipales, cuya principal modificación consiste en fijar una cuota de
18 euros mes.
r) Precio Público por Ocupación de
Terrenos de Uso Público por mesas y sillas con finalidad lucrativa, que
se procede a su derogación.
s) Todos los Impuestos, Tasas y Precios
Públicos anteriormente citados serán de aplicación a partir de 1 de
enero de 2005.
- segundo, aprobar con carácter provisional las Ordenanzas reguladoras
de todos los ingresos relacionados en el apartado anterior.
- tercero, ordenar que este acuerdo y su expediente, se exponga al
público, mediante anuncios en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento
y B. O. de la P. durante un plazo de treinta días hábiles, a fin de que
los interesados puedan examinar la documentación, y presentar las
reclamaciones que estimen pertinentes.
- cuarto, de las reclamaciones presentadas, en su caso, se dará cuenta a
este Pleno para su resolución, y, si no se produjeran, este acuerdo
quedará elevado a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el art.
17.3 de la ley 39/88.
- quinto, producido el acuerdo definitivo se publicará en el B. O. de la
P. con el texto integro de las Ordenanzas Fiscales de referencia,
haciendo saber que contra los acuerdos definitivos de imposición,
modificación y ordenación, los interesados podrán interponer:
Recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que
dictó la resolución, según lo dispuesto en los artículos 108 de la Ley
7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14
apartado 4, de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, Reguladora de las
Haciendas Locales.
Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el
órgano jurisdiccional que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en
los art. 57 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y 74, 91 y
disposición transitoria 2ª, apartado 2, de la Ley Orgánica 6/1985 de 1
de julio, del Poder Judicial."
VOTACION.- Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La
proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
CUARTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE,
CONVOCATORIA PLAN CUATRIENAL (2.004-2.007) DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL. PROPOSICIÓN.- Vista la convocatoria de
referencia, así como del oficio de 22 de Enero, remitido por la
Diputación Provincial, por que se comunica que la cantidad que
corresponde a este municipio para el citado cuatrienio asciende a
316.279,59 euros, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la
adopción del siguiente acuerdo:
SOLICITUD ORDINARIA
Primero.- SOLICITAR de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, la
inclusión de las obras que a continuación se describen en el Plan
Provincial de Obras y Servicios Municipales, cuya necesidad de ejecución
y en su caso urgencia se justifica, al amparo de la convocatoria pública
efectuada en el B.O.P. de fecha 23-Enero-2004.
PRIORIDAD: 1
CÓDIGO:212
DENOMINACIÓN DE OBRA: 2º y 3º fase de ejecución del Carril Bici
PRESUPUESTO: 72.049,83 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende continuar con la ejecución del Carril Bici, permitiendo así
eliminar en buena medida los riesgos que suponen para la población el
traslado a las piscinas municipales situadas fuera del casco urbano en
un entorno que discurre por la C/ Turuñuelo (2ª fase) y la Carretera
SA-321 (3ª fase), esta última en suelo clasificado como rústico.
PRIORIDAD: 2
CÓDIGO:212
DENOMINACIÓN DE OBRA: Pavimentación de calles
PRESUPUESTO: 68.371,38 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende continuar con la pavimentación de calles del municipio,
procediendo a su ejecución en la C/ Endrinales y el entorno del Caño
situado en el encuentro entre la C/ Turuñuelo y la C/ Molino, que
carecen de todo tipo de pavimento.
PRIORIDAD: 3
CÓDIGO:311
DENOMINACIÓN DE OBRA: Mejora y acondicionamiento de la Casa
Consistorial
PRESUPUESTO: 51.387,05 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende proceder a la reparación integral de la cubierta, cubrición
de un patio interior, así como la instalación de calefacción en todo el
edificio, existente en la actualidad únicamente en parte de la planta
baja.
PRIORIDAD: 4
CÓDIGO:212
DENOMINACIÓN DE OBRA: Pavimentación de calles
PRESUPUESTO: 45.812,75 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende continuar con la pavimentación de calles del municipio,
procediendo a su ejecución en la C/ Fuente Abajo, Calleja del mismo
nombre que carecen de todo tipo de pavimento y una mejora del mismo de
las Calles Eras de Juan Salamanca, Cruce y Lastra dado su estado actual.
PRIORIDAD: 5
CÓDIGO:212
DENOMINACIÓN DE OBRA: Pavimentación de accesos y reparación cuarto
calderas de Colegio Público
PRESUPUESTO: 32.843,19 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende proceder a la pavimentación de los accesos al Colegio
Público, en la actualidad de tierra, así como adaptar el cuarto de
calderas al Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
vigente.
PRIORIDAD: 6
CÓDIGO:114
DENOMINACIÓN DE OBRA: Sustitución de Tuberías de Abastecimiento
PRESUPUESTO:45.815,39 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende sustituir las tuberías de abastecimiento de agua potable,
así como las llaves, en la C/ Barrio del Santo y la C/ Caballeros,
actualmente en muy mal estado, no pudiendo incrementarse la presión
sobre las tuberías existentes ya que estas no la soportarían,
considerando necesario ir sustituyendo toda la red general de forma
progresiva, comenzando por las zonas más afectadas por la escasez de
presión
Segundo.- Poner en conocimiento de la Diputación Provincial COMPROMISO
FORMAL EXPRESO de contribuir con la participación municipal que se fije
a la financiación de la inversión solicitada.
Tercero.- En relación con los PROYECTOS TÉCNICOS necesarios para la
ejecución de las obras reseñadas, será el Ayuntamiento el que se
encargue de la redacción y aprobación de los Proyectos Técnicos
necesarios para la ejecución de las obras. Dichos proyectos se
presentarán, en todo caso, en los plazos establecidos en la base 11 de
las que rigen la convocatoria para el cuatrienio 2004-2007.
Cuarto.- En cuanto a la CONTRATACIÓN de las obras, una vez, aprobada la
inversión: SOLICITAR de la Excma. Diputación Provincial DELEGACIÓN para
la CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS de referencia (Art. 32/2 del R.D.L. 781/86,
de 18 de abril), habida cuenta que se dan las siguientes circunstancias:
mayor agilidad y cercanía en la gestión y tramitación administrativa;
algunas de las obras son de pavimentación y otras cuentan con fases
anteriores ya contratadas por el Ayuntamiento.
Quinto.- En cuanto a la DISPONIBILIDAD DE TERRENOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES ADMINISTRATIVAS, existen las necesarias para la ejecución de
las obras.
Sexto.- Que este Ayuntamiento cuenta con Normas Subsidiarias
Municipales, estando clasificado el suelo de la obra proyectada como
URBANO y no sujeto a instrumento de planeamiento de segundo grado que
vincule a los particulares o promotores en la ejecución de la
urbanización a su costa, a excepción de la 3ª Fase de ejecución del
Carril Bici, donde el suelo de la obra proyectada esta clasificado como
NO URBANIZABLE.
SOLICITUD EXTRAORDINARIA O ADICIONAL
Primero.- SOLICITAR de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca, la
inclusión de la obra que a continuación se describe en el Plan
Provincial de Obras y Servicios Municipales, cuya necesidad de ejecución
y en su caso urgencia se justifica, al amparo de la convocatoria pública
efectuada en el B.O.P. de fecha 23-Enero-2004.
PRIORIDAD: 1
CÓDIGO:22
DENOMINACIÓN DE OBRA: Alumbrado Público
PRESUPUESTO:27.663,68 €
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OBRA
Se pretende continuar con la ejecución del Alumbrado Público en calles
que quedan pendientes y se pretende realizar, entre otras, en las
siguientes: Endrinales, Molino, Tenerías, Eras de Juan Salamanca,
Travesía de Lastra, Chica, Miguel de Unamuno, Corral de Concejo, que, en
algunos casos, presentan un alumbrado deficiente y obsoleto, o bien
carecen del mismo.
Segundo.- Poner en conocimiento de la Diputación Provincial COMPROMISO
FORMAL EXPRESO de contribuir con la participación municipal que se fije
a la financiación de la inversión solicitada.
Tercero.- En relación con el PROYECTO TÉCNICO necesario para la
ejecución de la obra reseñada, será el Ayuntamiento el que se encargue
de la redacción y aprobación del Proyecto Técnico necesario para la
ejecución de las obras. Dicho proyecto se presentará, en todo caso, en
los plazos establecidos en la base 11de las que rigen la convocatoria
para el cuatrienio 2004-2007.
Cuarto.- SOLICITAR de la Excma. Diputación Provincial DELEGACIÓN para la
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS de referencia (Art. 32/2 del R.D.L. 781/86, de
18 de abril), una vez aprobada la inversión, habida cuenta que se dan
las siguientes circunstancias: mayor agilidad y cercanía en la gestión y
tramitación administrativa; y se cuenta con fases anteriores ya
contratadas por el Ayuntamiento.
Quinto.- En cuanto a la DISPONIBILIDAD DE TERRENOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES ADMINISTRATIVAS, existen las necesarias para la ejecución de
las obras.
Sexto.- Que este Ayuntamiento cuenta con Normas Subsidiarias
Municipales, estando clasificado el suelo de la obra proyectada como
URBANO y no sujeto a instrumento de planeamiento de segundo grado que
vincule a los particulares o promotores en la ejecución de la
urbanización a su costa.
Así mismo se acuerda que sean admitidas a trámite las solicitudes de
subvención reseñadas, así como la documentación que se adjunta conforme
a las bases que rige la convocatoria pública efectuada.
VOTACION.- Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La
proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE
ADHESIÓN A LA PLATAFORMA CIUDADANA “AUTOVÍA SALAMANCA-MADRID: ¿SI PERO
CUANDO?”, PROPOSICIÓN.- Vista la carta remitida por la Cámara Oficial de
Comercio e Industria de Salamanca, registro de entrada de 30/01/04, en
la que solicita a este Ayuntamiento la adhesión a la citada Plataforma
Ciudadana denominada “Autovía Salamanca-Madrid: Sí, pero ¿cuándo?, esta
Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adhesión a la misma mediante
la aprobación de siguiente DECLARACIÓN:
1. La comunicación de Salamanca con Ávila mediante autovía y, a través
de esta ciudad con Madrid, es un factor clave para el desarrollo
económico de Salamanca y su provincia.
2. Fue en 1994 cuando se generaron las primeras expectativas entre los
ciudadanos de Salamanca por el anuncio del proyecto para la construcción
de una vía moderna de comunicación con la capital de España. Estas
expectativas se renovaron en 1998 cuando se aprobó incluir en el Plan de
Infraestructuras el tramo Salamanca – Ávila como autovía libre de peaje.
3. A lo largo de todos estos años el ciudadano salmantino ha venido
observando cómo se construían e inauguraban cientos de kilómetros de
autopistas y autovías en el resto del Estado sin que esto apenas
afectara a la provincia de Salamanca.
4. Al día de hoy sólo se percibe un horizonte temporal difuso, más allá
de lo deseable, para la puesta en servicio de los escasos 100 kilómetros
que están por construir. Esta percepción se ve corroborada cuando se
constata el estado actual y el ritmo de los trámites administrativos
previos y las asignaciones presupuestarias precisas para su ejecución.
5. Desde esta Plataforma Ciudadana se insta al Gobierno de la Nación a
que ponga todos los medios necesarios –reducción de plazos, aceleración
de trámites y consignaciones presupuestarias– para que la autovía
Salamanca - Ávila sea inaugurada en la totalidad de su trazado antes de
que finalice el año 2006.
6. Todos los integrantes de la Plataforma se comprometen a apoyar estos
planteamientos tanto a través de los oportunos acuerdos de sus órganos
de gobierno como de todo tipo de manifestaciones y declaraciones de sus
representantes.
7. Al mismo tiempo se invita a todos los ciudadanos salmantinos para que
por los medios que se habilitarán y las convocatorias que se realizarán
desde esta Plataforma Ciudadana, apoyen y se pronuncien a favor de esta
iniciativa, decisiva para el desarrollo de Salamanca y que al mismo
tiempo nos llenará a todos de renovado optimismo, esperanza e ilusión
por el futuro de Salamanca y su provincia.
8. La Plataforma Ciudadana queda abierta a que se integren en ella todos
los colectivos y organizaciones que deseen sumarse a sus fines y
objetivos.
VOTACION.- Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La
proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
SEXTO.- DACIÓN DE CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO
2003. Seguidamente, a instancia de la Presidencia, por la Sra.
Secretario-Interventor se dio lectura al resumen por capítulos de la
Liquidación del Presupuesto de 2.003, así como al Resultado
Presupuestario, Remanente Líquido de Tesorería y Balances del Ejercicio
a 31-12, de todo lo cual el Pleno queda enterado.
ASUNTO INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DIA POR
MOTIVOS DE URGENCIA.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL MANIFIESTO PARA
IMPEDIR EL LEVANTAMIENTO Y DESMANTELAMIENTO DE LA LÍNEA FÉRREA “LA
FUENTE DE SAN ESTEBAN-LA FREGENEDA.- RATIFICACIÓN DE LA INCLUSIÓN DEL
ASUNTO EN EL ORDEN DEL DÍA. VOTACIÓN.- Votos a favor, 6. Votos en
contra, 0. Abstenciones, 0. El pleno ratifica la inclusión del asunto en
el orden del día. PROPOSICIÓN.- Vista la intención del levantamiento y
desmantelamiento de la línea férrea “La Fuente de San Esteban-La
Fregeneda”, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adhesión la
aprobación de siguiente MANIFIESTO:
Que se detenga e impida el levantamiento y desmantelamiento, en
cualquiera de los tramos, de la línea férrea “La Fuente de San
Esteban-La Fregeneda”, de Salamanca, que fue declarada Bien de Interés
Cultural con categoría de Monumento (RD 1934/2000, de 24 de noviembre).
Que apoya la propuesta Camino de Hierro, que persigue dotar a la vía
férrea de los medios necesarios para desarrollar un conjunto de
actividades que potencien el turismo en torno a la línea, como fórmula
que permita su mantenimiento, a la vez que se genera una dinámica de
diversificación económica que contribuya al progreso de la zona.
VOTACION.- Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La
proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
ASUNTO INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DIA POR MOTIVOS DE URGENCIA.- APROBACION,
SI PROCEDE, DEL PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LOCAL PARA VELATORIO.-
RATIFICACIÓN DE LA INCLUSIÓN DEL ASUNTO EN EL ORDEN DEL DÍA. VOTACION.-
Votos a favor, 6. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. El pleno ratifica
la inclusión del asunto en el orden del día. PROPOSICIÓN.- Visto el
Proyecto de Acondicionamiento del Hogar Parroquial para Velatorio, cuyo
uso fue cedido por la Parroquia de Villavieja de Yeltes en enero pasado
y con cuya ejecución se verá satisfecha la necesidad que la falta de
velatorio supone, tras la suspensión de la actividad que hasta ahora se
desarrollaba en la Residencia, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento
Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
- primero, aprobar el PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LOCAL PARA
VELATORIO, redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado, de
fecha 10 de febrero de 2004, con un presupuesto de ejecución de
70.107,34 (setenta mil, ciento siete, con treinta y cuatro céntimos)
EUROS.
- segundo, someter el expediente al Reglamento de Policía Sanitaria
Mortuoria aprobado por Decreto 2263/1974, de 20 de julio, así como, a la
Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde dio por terminada
la sesión, levantándola a las 18,45 horas, de la que se extiende la
presente Acta de la que como Secretario doy fe.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
EL SECRETARIO-INTERVENTOR
Fdo., JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES
Fdo., Mª ISABEL CABALLO LOPEZ
DILIGENCIA para hacer constar que la trascripción del anterior Acta se
extiende desde el folio 1.815.718 OA01 anverso hasta el folio 1.815.718
OA01 reverso. EL SECRETARIO.
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