ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES EL DIA 20 DE ENERO DE DOS MIL CINCO

Sres. Asistentes,
D. JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES,
Alcalde-Presidente,

D. JULIÁN TABERNERO LÓPEZ,
D. ANTONIO SEVILLANO GUTIÉRREZ,
Dª. FRANCISCA MARTÍN ESTÉVEZ,
Dª. EVA COLINA HERNÁNDEZ,
Concejales.

Ausentes,
D. FÉLIX CASTILLA ALONSO,
D. JOSÉ ENCINAS MONTES,
D. ALFREDO JOSÉ DEL ARCO ESTÉVEZ,
D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA PAULOS,
Concejales.
 

En Villavieja de Yeltes, siendo las trece horas y veinte minutos del día veinte de enero de dos mil cinco, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los señores arriba relacionados, bajo la Presidencia de Don José Manuel García Torres y asistidos por la Sra. Secretario-Interventor, Doña María Isabel Caballo López, que certifico.

Constatada la existencia de quórum suficiente para la válida celebración de la Sesión, aquélla es declarada abierta por la Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los asuntos incluidos en el Orden del Día.

PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE SESIONES ANTERIORES. A continuación por la Presidencia se pregunta a los presentes si alguno tiene que manifestar algún reparo a las actas de las sesiones celebradas los días 27 de diciembre de 2004 y 7 de enero de 2005, y no siendo manifestado ninguno, son aprobadas por unanimidad de los miembros presentes.

SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE DECLARAR DESIERTA LA ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL. PROPOSICIÓN. - Vista la falta de presentación de proposiciones en el procedimiento iniciado para la adjudicación mediante procedimiento de negociado de la gestión indirecta del velatorio municipal previa adaptación de local, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

Único.- Declarar desierta la adjudicación de la Gestión indirecta de Velatorio Municipal, ante la falta de presentación de proposiciones.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.


TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE COLABORADORES EN EL PROYECTO RAYA DEL DUERO, TOMA DE CONOCIMIENTO DE ESTATUTOS Y DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE EN LA CITADA ASOCIACIÓN. PROPOSICIÓN.- Una vez efectuadas reuniones preparatorias para la constitución de la Asociación de Colaboradores en el Proyecto Raya del Duero y redactados los estatutos que han de regir la citada asociación, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

-Primero: Manifestar la voluntad de constituir una asociación de Colaboradores en el Proyecto Raya del Duero y cuya finalidades son contribuir a paliar las carencias y problemas con los que se encuentra la zona geográfica de la Raya Duero; promover iniciativas empresariales en la zona; luchar contra la brecha digital, generando conocimiento y promoviendo el uso de la TIC; generar cultura de emprendedor en torno a las TIC asesorando y facilitando su materialización; aumentar las posibilidades de participación en la vida pública y social y organización del disfrute del ocio y la comunicación intergeneracional a través de las TIC.

-Segundo: Designar a Dª. Eva Colina Hernández para representar al Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en la citada asociación.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

CUARTO.- APROBACION, SI PROCEDE, DE LA IMPOSICION Y ORDENACION DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES EN C/ ENDRINALES, C/ CALLEJA DE FUENTE ABAJO, C/ MOLINO Y C/ TURUÑUELO POR OBRAS DE PAVIMENTACIÓN (FONDO DE COOPERACIÓN LOCAL, AÑO 2005).- PROPOSICIÓN.- Examinado el procedimiento para la aplicación de contribuciones especiales como consecuencia de las obras de pavimentación en C/ Endrinales, C/ Calleja de Fuente Abajo, C/ Molino y C/ Turuñuelo, en virtud del proyecto redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado.
Atendido que se trata de una actuación aislada en suelo urbano que se realiza dentro del ámbito de las competencias locales y que produce un aumento de valor en los inmuebles colindantes.
Visto el informe de Secretaría, vistos los artículos 15.1, 17.1 y 34.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente
ACUERDO
A) PRIMERO. IMPONER contribuciones especiales como consecuencia de las obras de pavimentación en C/ Endrinales, C/ Calleja de Fuente Abajo, C/ Molino y C/ Turuñuelo, cuyo establecimiento se legitima por el aumento de valor de los inmuebles del área beneficiada.
B) SEGUNDO. ORDENAR el tributo concreto para la determinación de los elementos necesarios en la forma siguiente:
a) El coste previsto de la obra se fija en 43.218,46 euros,. y el coste soportado por el Ayuntamiento en 12.965,54,. como consecuencia de la deducción de la subvención recibida de 30.252,92 euros,.
b) Se fija la cantidad a repartir entre los beneficiarios en 3.175,75, equivalentes al 7,348 por 100 del coste total, (24,494 por 100 del coste soportado por el Ayuntamiento) atendida la naturaleza de la obra.
Esta cantidad tiene el carácter de mera previsión. Finalizada la obra, si el coste real fuese mayor o menor que el previsto se tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas, señalando los sujetos pasivos y girando las liquidaciones que procedan.
c) Se aplica como módulo de reparto los metros lineales de fachada y el valor catastral a efectos del IBI, de acuerdo con la formula C= 11M+ 0,01B, donde C es la cuota provisional expresada en euros, M es el metro lineal de fachada y B es la Base Imponible en el IBI de naturaleza Urbana.
d) Se aprueba la relación de sujetos pasivos y de cuotas individuales resultantes de aplicar a la cantidad a repartir entre los beneficiarios, el valor del módulo aplicable.

TERCERO. Exponer el procedimiento a información pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y el Boletín Oficial de la Provincia durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el procedimiento y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; asimismo, durante este período de exposición al público, los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación administrativa de contribuyentes.

CUARTO. Si no se producen reclamaciones el acuerdo se considerará definitivamente aprobado, notificándose individualmente, a cada sujeto pasivo las cuotas que correspondan, si fuese conocido y, en su defecto, mediante edictos, pudiendo formular recurso de reposición ante el Ayuntamiento que podrá versar sobre la procedencia de las contribuciones especiales, el porcentaje del coste que deba satisfacer o las cuotas asignadas.

VOTACION.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.”

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde dio por terminada la sesión, levantándola a las 13,45 horas, de la que se extiende la presente Acta de la que como Secretario doy fe.

EL ALCALDE-PRESIDENTE                          EL SECRETARIO-INTERVENTOR
Fdo., JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES           Fdo., Mª ISABEL CABALLO LOPEZ

 

DILIGENCIA para hacer constar que la trascripción del anterior Acta se extiende desde el folio 1.815.737 OA01 anverso hasta el folio 1.815.739 OA01 reverso. EL SECRETARIO.