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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAVIEJA DE YELTES EL DIA VEINTISIETE (27) DE JUNIO DE DOS MIL SIETE (2007) |
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Sres. Asistentes:
Alcalde-Presidente.
Dª MARÍA DEL COARMEN MORO SÁNCHEZ, Dª. ISABEL MARÍA GARCÍA MORO, Concejales.
Ausentes:
Concejales.
En Villavieja de Yeltes, siendo las veintiuna horas del día veintisiete (27) de junio de dos mil siete (2007), se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los señores arriba relacionados, bajo la Presidencia de Don Salvador Rodríguez Santana y asistidos por la Secretaria-Interventora, Doña Paula Ares Otero.
Constatada la existencia de quórum suficiente para la válida celebración de la Sesión, aquélla es declarada abierta por la Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los asuntos incluidos en el Orden del Día.
PRIMERO.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS ÚLTIMAS SESIONES CELEBRADA EL 13/06/2007 Y 16/06/2007.
La Presidencia pregunta a los asistentes si desean hacer alguna rectificación al texto de las Actas que se someten a aprobación; ante la negativa se procede a la votación del asunto.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 4. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
SEGUNDO.- DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DEL ALCALDE EN MATERIA DE NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE.
La Presidencia da lectura del Decreto de fecha de 22 de junio de 2007 relativo a la designación de las Tenencias de Alcaldía, que textualmente dice:
“Asunto: Designación de las Tenencias de Alcaldía.DECRETO
Don Salvador Rodríguez Santana, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, que señala que al Alcalde le corresponde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde.
Visto el artículo 23.3 de la misma norma que establece que los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno y, donde ésta no exista, de entre los concejales.
RESUELVO:
Primero: Designar como Tenientes de Alcalde, y en el orden señalado a los siguientes concejales electos
Segundo: Dar cuenta a la Corporación en Pleno de los anteriores nombramientos”
La Corporación en Pleno se da por enterada de dicha Resolución.
TERCERO.- APROBACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES PLENARIAS ORDINARIAS. La presidencia propone al Ayuntamiento en Pleno, la adopción del siguiente ACUERDO: “La Corporación en Pleno, en uso de las facultades que le confiere el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Teniendo en cuenta que la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en su artículo 46.2.a) que “El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las diputaciones provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres meses en los municipios de hasta 5.000 habitantes”.
Considerando que el artículo 78.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales dispone de forma literal: “Son sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad está preestablecida. Dicha periodicidad será fijada por acuerdo del propio pleno adoptado en sesión extraordinaria, que habrá de convocar el Acalde o presidente dentro de los 30 días siguientes al de la sesión constitutiva de la corporación y no podrá exceder del límite trimestral a que se refiere el artículo 46.2ª) de la Ley 7/1985, de 2 de abril”.
ACUERDA:
Primero y Único: Fijar una periodicidad trimestral en la celebración de las sesiones ordinarias del Pleno Corporativo, que se desarrollarán los segundos viernes de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre; en caso de que ese día fuese festivo, la sesión se celebrará el día hábil anterior. El horario de comienzo de la sesión en los meses de marzo, septiembre y diciembre se fija a las 20:00 horas; en el mes de junio se fija a las 21:00 horas”
La Presidencia pregunta a los asistentes si desean hacer alguna observación al Acuerdo que se somete a aprobación; ante la negativa se procede a la votación del asunto. VOTACIÓN.- Votos a favor, 4. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
CUARTO.- DESIGNACIÓN DEL TESORERO DE LA CORPORACIÓN LOCAL. La presidencia propone al Ayuntamiento en Pleno, la adopción del siguiente ACUERDO:
“La Corporación en Pleno, en uso de las facultades que le confiere el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando que el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en su artículo 2.f dispone: “(…) En las Corporaciones locales con Secretarías de clase tercera, la responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad, tesorería y recaudación podrá ser atribuida a un miembro de la Corporación o a un funcionario de la misma”
ACUERDA:
Primero y Único: Designar Tesorero de la Corporación Local, con la responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad, tesorería y recaudación a Doña María del Carmen Moro Sánchez”
La Presidencia pregunta a los asistentes si desean hacer alguna observación al Acuerdo que se somete a aprobación; ante la negativa se procede a la votación del asunto. VOTACIÓN.- Votos a favor, 4. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos
QUINTO.- DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL AYUNTAMIENTO EN LOS DIFERENTES ÓRGANOS COLEGIADOS. La presidencia propone al Ayuntamiento en Pleno, la adopción del siguiente ACUERDO:
“La Corporación en Pleno, en uso de las facultades que le confiere el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando que según el artículo 22.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local son de competencia plenaria los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales.
ACUERDA:
Primero: Nombrar a Don Ángel Antonio Vázquez Romero y a Don Salvador Rodríguez Santana representantes del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en la Mancomunidad de Vitigudino.
Segundo: Nombrar a Don Jorge Rodríguez Martín representante del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en el Consejo Escolar del Centro Escolar “Río Yeltes”.
Tercero: Nombrar a Doña Isabel María García Moro representante del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en el Patronato de la Residencia.
Cuarto: Nombrar a Don Salvador Rodríguez Santana representante del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en el Grupo de Acción Local ADEZOS.
Quinto: Nombrar a Don Salvador Rodríguez Santana representante del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes en la Asociación de Municipios para la Cooperación y el Desarrollo Local, del Proyecto Raya Duero”
La Presidencia pregunta a los asistentes si desean hacer alguna observación al Acuerdo que se somete a aprobación; ante la negativa se procede a la votación del asunto. VOTACIÓN.- Votos a favor, 4. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
SEXTO.- DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DEL ALCALDE EN MATERIA DE CREACIÓN DE LAS CONCEJALÍAS Y DESIGNACIÓN DE LOS TITULARES DE LAS MISMAS.
La Presidencia da lectura del Decreto de fecha de 22 de junio de 2007 relativo a la creación de las concejalías y designación de los titulares de las mismas, que textualmente dice: “Asunto: Creación de concejalías y designación de los titulares de las mismas.DECRETO
Don Salvador Rodríguez Santana, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, que señala que al Alcalde le corresponde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde.
Visto el artículo 43.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se regula el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales que señala: “El Alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados (…)”.
Teniendo en cuenta el artículo 43.4 de la anterior norma jurídica que recoge tres tipos de delegaciones especiales entre las que se encuentra: “Delegación especial relativa a un determinado servicio. En este caso, la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros”
RESUELVO:
Primero: Crear las siguientes Concejalías:
· Concejalía de Obras y Agua. · Concejalía de Relaciones Institucionales. · Concejalía de Cultura · Concejalía de Festejos · Concejalía de Agricultura y Ganadería. · Concejalía de Medio Ambiente.
Segundo: Designar concejales con delegación especial relativa al determinado servicio, que comprende la dirección interna y la gestión del servicio correspondiente, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros a:
· Concejalía de Obras y Agua: D. Juan José Hervalejo Martín. · Concejalía de Relaciones Institucionales: D. Jorge Rodríguez Martín y Don Ángel Antonio Vázquez Romero. · Concejalía de Cultura: Don Jorge Rodríguez Martín, Dª María del Carmen Moro Sánchez y Dª Isabel María García Moro. · Concejalía de Festejos: Dª María del Carmen Moro Sánchez y Dª Isabel María García Moro. · Concejalía de Agricultura y Ganadería: D. Ángel Antonio Vázquez Romero y D. José Antonio Zúñiga Montero. · Concejalía de Medio Ambiente: D. José Antonio Zúñiga Montero.
Tercero: Dar cuenta a la Corporación en Pleno de los anteriores nombramientos”
La Corporación en Pleno se da por enterada de dicha Resolución.
SÉPTIMO.- DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS. La presidencia propone al Ayuntamiento en Pleno, la adopción del siguiente ACUERDO:
“La Corporación en Pleno, en uso de las facultades que le confiere el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando que el artículo 20.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local establece: “La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios, de acuerdo con la estructura prevista en el artículo 116”. Según dispone el artículo 116: “Su constitución, composición, integración y funcionamiento se ajusta a los establecido para las demás Comisiones Informativas”.
Teniendo en cuenta que, en relación con el procedimiento de constitución de las Comisiones informativas el artículo 125 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre preceptúa:
“En el acuerdo de creación de las Comisiones Informativas se determinará la composición concreta de las mismas, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
a) El Alcalde de la Corporación, es el presidente nato de todas ellas; sin embargo, la presidencia efectiva podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su seno. b) Cada Comisión estará integrada de forma que su composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los grupos políticos representados en la Corporación. c) La adscripción concreta de cada comisión de los miembros de la corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo, se realizará mediante escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde, y del que se dará cuenta al Pleno. Podrá designarse, de igual forma, un suplente por cada titular”.
ACUERDA:
Primero: Crear la Comisión Especial de Cuentas, presidida por el Alcalde-Presidente de la Corporación y formada además por:
Segundo: Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias que deba aprobar el pleno de conformidad con lo establecido en la legislación contable de las Entidades Locales.
Tercero: Aplicar como criterio de representación y procedimiento de adopción de acuerdos el sistema de representación proporcional.”
La Presidencia pregunta a los asistentes si desean hacer alguna observación al Acuerdo que se somete a aprobación; ante la negativa se procede a la votación del asunto. VOTACIÓN.- Votos a favor, 4. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde-Presidente da por terminada la sesión, levantándola a las 21:30 horas; extendiéndose la presente Acta de la que como Secretaria doy fe.
Para que así conste y a reserva de lo que preceptúa el artículo 206 del ROF, expido la presente de orden y con el visto bueno del Alcalde-Presidente de la Corporación, en Villavieja de Yeltes a 28 de junio de 2007.
Vº Bº ALCALDE-PRESIDENTE
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