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Sres. Asistentes,
D. JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES,
Alcalde-Presidente,
D. JULIÁN TABERNERO LÓPEZ,
D. ANTONIO SEVILLANO GUTIÉRREZ,
Dª. FRANCISCA MARTÍN ESTÉVEZ,
Dª. EVA COLINA HERNÁNDEZ,
Concejales.
Ausentes,
D. FELIX CASTILLA ALONSO,
D. JOSÉ ENCINAS MONTES,
D. ALFREDO JOSÉ DEL ARCO ESTÉVEZ,
D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA PAULOS,
Concejales.
En Villavieja de Yeltes, siendo las
catorce horas y cuarenta minutos del día treinta de septiembre de
dos mil cuatro, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa
Consistorial, los señores arriba relacionados, bajo la Presidencia
de Don José Manuel García Torres y asistidos por la Sra.
Secretario-Interventor, Doña Mª Isabel Caballo López, que
certifico.
Constatada la existencia de quórum suficiente para la válida
celebración de la Sesión, aquélla es declarada abierta por la
Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los asuntos
incluidos en el Orden del Día.
PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS
SESIONES ANTERIORES. A continuación por la Presidencia se pregunta
a los presentes si alguno tiene que manifestar algún reparo a las
actas de las sesiones celebradas los días 12 de julio y 5 de
agosto de 2004, y no siendo manifestado ninguno, son aprobadas por
unanimidad de los miembros presentes.
SEGUNDO.- DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA
ALCALDÍA. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, las resoluciones dictadas por la Alcaldía desde
la última Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno son en síntesis
las siguientes:
- Otorgamiento de licencias de obras en número de 39.
- Resolución de licencias de obras por desistimiento al no atender
el requerimiento en núm. de 19.
- Otorgamiento de licencias de primera ocupación en número de 1.
- Altas en el padrón de habitantes en número de 7.
- Iniciación de procedimiento de otorgamiento de licencia
ambiental en número de 1.
- Otorgamiento de licencia ambiental en número de 1.
- Aprobación de bases para la confección de lista de aspirantes
para cubrir plazas con carácter temporal para sustituciones y
varios.
- Convocatoria de sesión extraordinaria de 12 de julio de 2004.
- Aprobación de factura por gastos de reparación, conservación y
mantenimiento del C.R.A. Río Yeltes.
- Convocatoria de sesión extraordinaria de 5 de agosto de 2004.
- Nombramiento de Presidente de Espectáculos Taurinos Populares.
- Iniciación y resolución de expediente de modificación de crédito
en la modalidad de Transferencia de crédito.
- Devolución por prorrateo del Impuesto sobre Vehículos de
Tracción Mecánica por baja definitiva.
- Adjudicación de los Seguros de Responsabilidad Civil y
Accidentes de espectáculos taurinos y Seguro de suspensión de
espectáculos.
- Aprobación del Padrón y Listas Cobratorias de la Tasa por
Suministro de Agua, Recogida de Basuras y Alcantarillado 2º
Trimestre 2004.
- Autorización de acampada.
- Iniciación de expediente de enajenación de parcela municipal.
- Concesión de fraccionamiento de pago del Impuesto de Vehículos
de Tracción Mecánica.
- Nombramiento de Secretario Accidental.
- Iniciación de expediente de alteración jurídica de viviendas de
los maestros.
- Autorización de recogida de leña de árboles caídos en la Dehesa
Boyal.
- Devolución de la garantía definitiva presentada por el
arrendamiento del Bar de la Piscina Municipal.
- Aprobación del pliego de condiciones económico administrativas
que habrá de regir la enajenación, mediante subasta, de parcela
Municipal.
- Convocatoria de sesión ordinaria de 30 de septiembre de 2004.
TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INCLUSIÓN DE LAS FIESTAS
LOCALES EN EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2005. PROPOSICIÓN.-
Visto el escrito recibido de la Delegación Territorial de Trabajo,
por el que se requiere a este Ayuntamiento la propuesta de
inclusión de fiestas locales en el calendario laboral para el año
2005, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del
siguiente Acuerdo:
Único, proponer la inclusión como fiestas locales en el calendario
laboral para el año 2005, el día 7 de febrero (lunes de Carnaval)
y el día 29 de Agosto.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
CUARTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO DE DELEGACIÓN EN LA
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA DE LAS FACULTADES QUE
ESTE AYUNTAMIENTO TIENE ATRIBUIDAS EN MATERIA DE RECAUDACIÓN DE
DETERMINADOS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO. PROPOSICIÓN.- Visto el
contenido del Convenio de Delegación en la Excma. Diputación
Provincial de Salamanca de las facultades que los Ayuntamientos
tienen atribuidas en materia de Recaudación de determinados
ingresos de derecho público, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento
pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar el Convenio de Delegación en la Excma.
Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que este
Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de recaudación del
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, Tasa por Suministro de
Agua, Tasa por Recogida de Basuras, Tasa de Alcantarillado, Tasa
por Prestación de Servicios Funerarios y Tasa por Tránsito de
Ganado, incluidos en el Anexo I del citado Convenio.
Segundo.- Dicha delegación, una vez aceptada por la Diputación
Provincial entrará en vigor el 1 de enero de 2005 y estará vigente
hasta el 31 de diciembre de 2007.
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del pertinente
convenio.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ANEXO AL CONVENIO DE I.B.I.
CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL SOBRE COLABORACIÓN EN MATERIA DE
MANTENIMIENTO CATASTRAL. PROPOSICIÓN.- Visto el oficio con
registro de salida nº 721, de fecha/03/08/04, remitido por el Sr.
Presidente del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca (REGTSA),
por el que se remite una copia del Plan Estratégico 2004/2007 y
otra del Anexo del convenio del I.B.I. sobre colaboración para el
mantenimiento catastral. Examinado detenidamente esté último, esta
Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente
Acuerdo:
Primero.- Aprobar el Anexo al convenio sobre gestión y recaudación
del I.B.I. que este Ayuntamiento tiene suscrito con la Excma.
Diputación de Salamanca, por el que se delegan en la misma las
competencias que en el mismo se especifican sobre colaboración en
materia de mantenimiento catastral.
Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del pertinente
convenio.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
SEXTO.- APROBACIÓN PROVISIONAL, SI PROCEDE, DE LA ALTERACIÓN DE LA
CALIFICACIÓN JURÍDICA DE VIVIENDAS DE LOS MAESTROS. PROPOSICIÓN.-
El Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes (Salamanca) es
propietario, entre otras, de dos viviendas afectas al servicio de
educación como viviendas de maestros, sitas en C/ Caballeros,
números 84 y 86, de esta localidad, con calificación jurídica de
bien de dominio público, inscrito en el Registro de la Propiedad
de Vitigudino, Tomo 716, Libro 47, Folio 218, Finca registral n.º
6.113, Inscripción n.º 1ª, figurando en dicho registro como sitas
en C/ Caballeros números 71 y 73 y en el Libro Inventario de
Bienes de la Corporación Local con los números 1.1.0007.01 y
1.1.0008.01. Considerando que las expresadas viviendas se hallan
desde hace tiempo deshabitadas y en situación de serio deterioro,
sin que el Ayuntamiento disponga de medios para su reparación lo
cual motiva la conveniencia del cambio de afectación, para
facilitar su posterior enajenación y poder destinar los fondos que
se obtengan de la venta en subasta pública a su inversión en otras
obras de servicio público a cargo de la Corporación, esta Alcaldía
propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar provisionalmente la Alteración de la
Calificación jurídica de las Viviendas de los Maestros sitas en la
C/ Caballeros figurando con los números 84 y 86 en el Inventario
de Bienes y con los números 71 y 73 en el Registro de la
propiedad, que quedarán calificadas como bienes patrimoniales.
Segundo.- Someter a información pública durante un mes el
expediente, mediante publicación de anuncios en el Boletín Oficial
de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
SÉPTIMO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE DECLARAR DESIERTA LA
ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL.
PROPOSICIÓN.- Vista la propuesta efectuada por la Mesa de
contratación para la adjudicación mediante concurso de la gestión
indirecta del velatorio municipal previa adaptación de local, de
declarar desierta la adjudicación, esta Alcaldía propone al
Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero.- Declarar desierta la adjudicación de la Gestión
indirecta de Velatorio Municipal, ante las diferentes
interpretaciones de valoración de los criterios de adjudicación,
dado que optar por una u otra interpretación equivaldría a
adjudicar el contrato a una de las dos empresas licitadoras en
términos subjetivos en contra de lo determinado por la legislación
sobre contratación administrativa.
Segundo.- Acordar la devolución de la fianza provisional
presentada por los licitadores.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
OCTAVO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS
PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LA GESTIÓN
INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL. PROPOSICIÓN.- Declarada
desierta la adjudicación de la Gestión indirecta de Velatorio
Municipal, ante las diferentes interpretaciones de valoración de
los criterios de adjudicación, y con el fin de determinar con
precisión la forma de valorar los criterios de adjudicación, visto
el Convenio de cesión de uso del salón existente en la planta baja
del Hogar Parroquial ubicado en la C/ Caballeros núm. 2 de
Villavieja de Yeltes, suscrito el día 12 de enero de 2004 con la
Parroquia de Villavieja de Yeltes por el Sr. Alcalde, la
conveniencia de la implantación del servicio y la conveniencia de
la prestación del servicio de forma indirecta (por concesionario),
el Acuerdo Plenario de 11 de febrero aprobando el Proyecto de
acondicionamiento de local para velatorio, así como los Acuerdos
Plenarios de 21 de abril y 12 de julio de 2004, por los que se
aprobaron sendos presupuestos reformados del citado proyecto,
siendo definitivo el presupuesto del último acuerdo citado, esta
Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente
Acuerdo:
-Primero: Aprobar el expediente de contratación y el pliego de
condiciones económico-administrativas (que figura como anexo del
presente acuerdo) para la adjudicación mediante concurso de la
gestión indirecta (concesión) del servicio público de velatorio,
previa adecuación del salón por el concesionario conforme al
proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos
Holgado.
- Segundo: Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación,
mediante procedimiento abierto, convocando concurso para su
adjudicación, mediante tramitación urgente, puesto que de otra
manera el plazo de concesión se vería reducido, limitando así la
concurrencia de empresas licitadoras, y siendo necesario
satisfacer la necesidad de velatorio en este municipio.
-Tercero: La Mesa de Contratación estará constituida por el
Alcalde o concejal en quien delegue, como Presidente y cuatro
vocales que serán un concejal por cada grupo político municipal,
el Técnico redactor del proyecto y el Secretario de la Corporación
o quien le sustituya, éste último actuará como Secretario de la
Mesa de Contratación.
-Cuarto: Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta
la formalización del oportuno contrato, facultando al Sr. Alcalde
para que adopte las mediadas necesarias para la efectiva ejecución
del presente acuerdo.
ANEXO:
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS-PARTICULARES PARA LA
ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL
VELATORIO MUNICIPAL.
I.- Objeto del contrato: Concesión del servicio de velatorio en el
salón existente en la planta baja del Hogar Parroquial con una
superficie útil de 129,40 m2 y superficie construida de 154,08,
sito en la C/ Caballeros núm. 2, con la obligación de acondicionar
previamente el inmueble para la finalidad prevista conforme al
proyecto técnico denominado Proyecto de Adaptación de local para
velatorio (redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos
Holgado) aprobado mediante Acuerdo Plenario de 11 de febrero de
2004, y cuyo presupuesto reformado fue aprobado en sesiones
plenarias de 21 de abril y 12 de julio de 2004, siendo definitivo
el del último acuerdo citado, cuyo importe asciende a 64.848,93
euros.
El servicio se prestará siempre cumpliendo con la normativa en
vigor sobre policía mortuoria y conforme al reglamento municipal
de funcionamiento del servicio.
II.- Procedimiento y forma de adjudicación de la concesión: El
contrato de concesión se adjudicará por procedimiento abierto,
mediante concurso público y tramitación urgente y se regirá por el
presente pliego de condiciones administrativas particulares, el
proyecto técnico de adaptación de local para tanatorio del local
para la prestación del servicio de velatorio (redactado por el
Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado), así como, por la Ley
7/85 de 32 de abril, por el D.L. 781/86 de 18 de abril, por el
R.D.L. 2/2000 de 16 de junio que aprueba el Texto Refundido de la
ley de contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto
1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
general de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas y
demás normas de derecho administrativo.
III.- Plazos:
De la concesión: 24 años desde la firma del contrato
administrativo de concesión del servicio.
De ejecución de las obras y puesta en funcionamiento del servicio:
En el plazo máximo de cuatro meses desde la firma del contrato de
concesión del servicio las obras de acondicionamiento tendrán que
estar terminadas y el servicio habrá de estar prestándose de forma
efectiva.
IV.- Obras a realizar:
El Ayuntamiento adscribe al servicio el salón existente en la
planta baja del Hogar Parroquial con una superficie útil de 129,40
m2 y superficie construida de 154,08, sito en la C/ Caballeros
núm. 2 (de titularidad de la parroquia de Villavieja de Yeltes y
cuya cesión de uso por 25 años fue acordada en virtud de convenio
suscrito el día 12 de enero de 2004).
El concesionario deberá realizar la obra civil de adaptación del
local para el uso que se pretende conforme al proyecto redactado
por el arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado, y adquirir el
mobiliario necesario para la prestación del servicio. A tal efecto
deberá solicitar las oportunas licencias municipales.
Queda sujeta a reversión una vez transcurrido el plazo de
concesión el local con todas las modificaciones efectuadas, así
como el mobiliario adquirido para la prestación del servicio de
velatorio.
La dirección e inspección técnica de las obras será llevada a cabo
por el Técnico redactor del proyecto, más los que en su día
designe el Ayuntamiento.
V.- Obligaciones del concesionario:
a) Prestar el servicio objeto del contrato (velatorio) adecuando
para ello el local (tanto obra civil de acondicionamiento como
mobiliario) y obteniendo las autorizaciones necesarias en el plazo
de cuatro meses desde la firma del contrato.
b) El servicio se prestará todos los días del año por el
concesionario durante el plazo de concesión, siendo de su cuenta
todos los gastos que origine el funcionamiento del servicio
(tributos por realización de obras, mantenimiento, limpieza,
consumos de agua, electricidad, teléfono...).
c) Conservar el inmueble y mobiliario en perfecto estado de
funcionamiento, limpieza e higiene, hasta que, por conclusión de
la concesión, deban entregarse al Ayuntamiento.
d) Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las
oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía
que corresponden al Ayuntamiento.
e) Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los
requisitos reglamentarios.
f) Responder ante terceros de los daños que puedan irrogarse por
el funcionamiento del servicio concedido, excepto cuando los daños
sean imputables al Ayuntamiento.
g) No enajenar ni grabar sin autorización bienes que deban
revertir a la Administración concedente.
h) Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a
terceros sin la anuencia de la Administración.
i) El contratista está obligado al cumplimiento de las
obligaciones tributarias o de Seguridad Social, laborales y de
seguridad e higiene en el trabajo respecto a las obras objeto de
contrato, y de la prestación del servicio quedando el Ayuntamiento
exonerado de responsabilidad que pudiera derivarse por este
incumplimiento.
j) El concesionario suscribirá a favor del Ayuntamiento una póliza
de seguro a todo riesgo, con cobertura suficiente para responder a
las normales que se pudieran derivar de la prestación del
servicio: incendios, averías del inmueble, responsabilidad civil,
etc.
VI.- Derechos del concesionario:
a) Utilizar las instalaciones para la prestación del servicio.
b) Percibir de los usuarios las tarifas correspondientes.
c) Obtener la adecuada compensación económica para mantener el
equilibrio económico de la concesión en el supuesto de
modificaciones del servicio impuestas por el Ayuntamiento que
aumenten los costes o disminuyan las tarifas, o por la asunción
directa de la gestión del servicio si esta se produjera por
razones de interés público y en caso de rescate de la concesión o
supresión del servicio.
VII.- Tarifas a percibir de los usuarios del servicio: 180 euros
por utilización de cada velatorio.
La empresa adjudicataria queda autorizada para incrementar el
precio establecido hasta un máximo del IPC anual, con efectos del
1 de enero a partir del 1 de enero del 2006.
VIII.- Plazo de garantía y devolución de Fianza. El plazo de
garantía será de doce meses a contar desde el siguiente al
cumplimiento del plazo de la concesión. Dentro del mes siguiente
al cumplimiento del plazo de garantía, se procederá a la
devolución de la fianza, cumpliendo los requisitos establecidos en
la legislación vigente.
IX.- Riesgo y ventura: El concesionario gestiona el servicio a su
riesgo y ventura y este no tendrá derecho a indemnización salvo en
lo previsto en la cláusula sexta.
X.- Personal: El Personal que el concesionario destine a la
prestación del servicio no tendrá ninguna relación laboral con el
Ayuntamiento. Al concluir la concesión en ningún caso asumirá este
personal.
XI.- Capacidad para contratar: Podrán presentar ofertas, por si
mismos o por medio de representantes, las personas naturales y
jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para ello
en los términos previstos en el artículo 15 del Real Decreto
Legislativo 2/2000, de 16 de junio y que no se encuentren
incluidas en los supuestos de prohibición recogidos en el art. 20
de dicha Ley.
No podrán presentar oferta las empresas que no se hallen al
corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
Villavieja de Yeltes.
XII.- Criterios para la adjudicación del servicio:
1.- Abaratamiento de las tarifas superior al 10% hasta 4 puntos.
Se otorgarán los 4 puntos a la mejor oferta y a la/s siguiente se
aplicará la proporción en relación con la primera.
2.- Soluciones técnicas que mejoren el proyecto aprobado hasta 3
puntos. Se valorarán económicamente las ofertas presentadas,
otorgándose los 3 puntos a la más alta, y a la/s siguiente se
aplicará la proporción en relación con la primera.
3.- Mejoras al edificio en su conjunto hasta 2 puntos. Se
valorarán económicamente las ofertas presentadas, otorgándose los
2 puntos a la más alta, y a la/s siguiente se aplicará la
proporción en relación con la primera.
4- Adelanto en el plazo de reversión......... Por cada
año........0´25 puntos
XIII.- Garantía provisional: En aplicación de lo posibilitado en
el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de Contratos para las
Administraciones Públicas deberá acompañarse a la proposición
documento acreditativo de haber constituido fianza o garantía
provisional por un importe de 901,52 euros, en cualquiera de las
formas establecidas en el artículo 35 del TRLCAP.
XIV.- Garantía definitiva: 3.005,06 euros, que podrá constituirse
por cualquiera de las formas previstas en el artículo 36 del
TRLCAP.
XV.- Presentación de proposiciones:
1/ Lugar y plazo de presentación: en el registro general del
Ayuntamiento en mano de 8 a 12 horas durante los 13 días naturales
siguientes a la publicación del anuncio en el B.O.P.
También podrá presentarse la proposición por correo, en cuyo caso
el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente
la fecha del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo
día al órgano de contratación por fax, telex o telegrama la
remisión de la documentación. Sin cumplir tales requisitos no será
admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del
plazo fijado en el anuncio de licitación.
2/ Formalidades: las proposiciones contarán de dos sobres cerrados
denominados A y B y en cada uno se hará constar el contenido, en
la forma que se indicará y con el nombre del licitador.
a) Sobre A, denominado “Proposición económica y modificaciones al
objeto del contrato” y contendrá la proposición con arreglo al
siguiente modelo:
Don...................., con domicilio en ..............., nº
....., localidad ................. C.P.........., con D.N.I.
.................... y teléfono.............. en plena posesión de
su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en
representación de ...... ),
EXPONE:
Que enterado de la convocatoria de concurso para la adjudicación
del servicio de velatorio (previo adaptación del local mediante
ejecución de la obra civil prevista en el proyecto técnico
aprobado en Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Villavieja de
Yeltes de 11 de febrero de 2004, y cuyo presupuesto reformado fue
aprobado en sesiones plenarias de 21 de abril y 12 de julio de
2004, siendo definitivo el del último acuerdo citado, y la
adquisición del mobiliario necesario), tomo parte en el mismo
comprometiéndome a gestionar el servicio (previo acondicionamiento
del local) con arreglo al pliego de condiciones que acepta
íntegramente, con los criterios, mejoras y soluciones que expongo
a continuación (referidas a los criterios de la cláusula 12):
Lugar y fecha y firma
b) Sobre B denominado “Documentos” y contendrá la siguiente
documentación:
-1- Si se trata de un empresario individual deberá presentar copia
compulsada del Documento Nacional de Identidad.
Si se trata de una persona jurídica, presentará copia compulsada
de la Escritura de constitución y en su caso modificación de la
sociedad, copia compulsada de la Escritura del poder que acredite
la posibilidad de firmar la proposición y copia compulsada del
D.N.I. del firmante de la proposición.
-2-Declaración jurada, en la que el licitador afirme, bajo su
responsabilidad, no hallarse incurso de incapacidad o
incompatibilidad, ni en las prohibiciones para contratar recogidas
en el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
-3- Documento acreditativo de que el licitador se halla de Alta en
el momento de presentación de plica en el Impuesto de Actividades
Económicas en el epígrafe correspondiente, en cualquier parte del
territorio nacional, y al corriente del pago del mismo.
-4- Declaración expresa, responsable del licitador, en la que
afirme estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la
Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 13 y
14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
-5- Documento acreditativo de la constitución de Fianza
Provisional.
Durante el plazo de presentación de ofertas, los interesados
podrán examinar en las oficinas municipales el proyecto de
adecuación del local al velatorio y los pliegos de cláusulas
administrativas particulares así como el resto de la documentación
del expediente de contratación pudiendo solicitar cuantas
aclaraciones consideren convenientes.
La presentación de la oferta presume la aceptación incondicionada,
por parte del contratista, del contenido de las cláusulas
administrativas sin salvedad alguna.
XVI.- Constitución de la mesa y apertura de plicas:
La apertura de los sobres que contienen las proposiciones
económicas se celebrará en acto público en el Salón de Actos de la
Casa Consistorial, a las doce horas del quinto día siguiente
hábil, al que finalice el plazo de presentación de las mismas, por
la Mesa de contratación constituida al efecto, e integrada por el
Presidente, Vocales y Secretario designados por el órgano de
contratación. A este efecto no se considerará hábil el sábado.
Previamente a la mencionada apertura, la Mesa de la Contratación
procederá a la calificación de los documentos exigidos en la
cláusula 15 del presente Pliego de Cláusulas, y en caso de
observar defectos materiales en la referida documentación podrá
conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres
días, para que el licitador subsane el error, incluso con la
aportación de documentos, aunque éstos habrán de estar siempre
referidos a la fecha límite de la finalización del plazo de
presentación de proposiciones.
En el acto público de la apertura de los sobres que contienen las
proposiciones económicas, solamente se efectuará respecto de
aquellos que hayan sido admitidos por la mesa de Contratación en
el acto de calificación previa.
A la vista de las ofertas efectuadas, La Mesa de Contratación
procederá a elevar propuesta al órgano de contratación de la
adjudicación del contrato.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del
empresario propuesto, frente a la Administración, mientras no se
le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de
contratación.
XVII.- Adjudicación del contrato.
El Órgano de contratación, recibida la documentación de la mesa de
contratación y evacuados los informes técnicos pertinentes,
dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la
apertura de proposiciones económicas, resolución adjudicando el
contrato a la proposición más ventajosa o declarando desierto el
concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la fecha del acuerdo de
adjudicación, se notificará la resolución a los participantes en
el concurso, con requerimiento al adjudicatario para que
constituya garantía definitiva en la cuantía y forma indicada en
la cláusula 14.
XVIII.- Formalización del contrato: Una vez constituida la fianza
definitiva, el adjudicatario vendrá obligado a formalizar el
contrato de concesión en el plazo de quince días a contar desde el
siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo
título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante
dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a
petición del contratista y a su costa.
Cuando por causas susceptibles al contratista no pueda
formalizarse el contrato en el plazo indicado, el órgano de
contratación podrá acordar la resolución del mismo siendo trámite
necesario la audiencia del interesado por plazo de diez días
naturales. En este caso se podrá exigir indemnización por los
daños y perjuicios causados. Si la causa de no formalización es
imputable al Ayuntamiento se indemnizará al contratista de los
daños y perjuicios que se le pueda ocasionar, sin perjuicio de que
éste solicite la resolución del contrato.
XIX.- Gastos a cargo del adjudicatario:
a) El coste de redacción del proyecto, y el del anuncio de
publicación del concurso en el B.O.P. Igualmente correrán por
cuenta del adjudicatario los gastos por prestación de trabajos
facultativos de dirección técnica y cualquier otro que resulte de
aplicación, según las tarifas de honorarios vigentes de los
Colegios profesionales de los técnicos.
b) Los tributos estatales, autonómicos o municipales.
c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido en la tarifa
fijada a cobrar al usuario.
d) Formalización pública del contrato de adjudicación si deseara
el adjudicatario elevarlo a escritura pública
XX.- Régimen Jurídico.-El presente contrato tiene carácter
administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego
por la Ley 7/1985, de 2 de abril, por el Real Decreto Legislativo
2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas., por el
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, por la legislación de contratos que en desarrollo de la
legislación básica estatal promulgue la Comunidad Autónoma, por el
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y por las
demás normas de derecho administrativo. En defecto de todas estas
normas será aplicable el Derecho Privado.
XXI.- Jurisdicción competente- Las cuestiones litigiosas surgidas
sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de
este contrato serán resueltas por el órgano de contratación cuyos
acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser
recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los
requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0.
La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.
NOVENO.- INFORMES DE LA ALCALDÍA. Seguidamente tomó la palabra el
Sr. Alcalde-Presidente para informar con relación a los siguientes
asuntos:
- En breve se procederá al inicio de la Segunda Fase del Proyecto
de Ejecución del Carril Bici.
- En el día de ayer ha visitado nuestro municipio el Excmo. Sr.
Subdelegado del Gobierno, Don Jesús Málaga Guerrero, y en
conversación mantenida con Alcaldes de otros municipios, se le ha
dado traslado de las siguientes reivindicaciones, con el fin que
sirva de enlace ante las Instituciones Públicas competentes:
• Mejora urgente del firme y de la señalización horizontal de la
carretera SA-325, desde La Fuente de San Esteban hasta Cerralbo,
eje de comunicación claves para varias poblaciones del Valle del
Yeltes, la carretera CL-517 desde Vitigudino a Villavieja, Baños
de Retortillo, Retortillo y Castillejo de Yeltes, así como salida
y acceso directo a la futura autovía A-62 Salamanca-Fuentes de
Oñoro.
• Plan de mejora de las telecomunicaciones que nos permita acceder
en condiciones normales a la telefonía móvil, a los diversos
canales de televisión tanto públicos como privados y a las
emisoras de radio.
• Recursos para habilitar la Vía Férrea de Boadilla-La Fuente de
San Esteban-Barca de Alva para fomentar el turismo e incentivar la
economía de esta zona.
Igualmente, y con el mismo fin se le dio traslado de las
reivindicaciones que afectan únicamente a nuestro municipio como:
• Construcción de un nuevo Cuartel de la Benemérita en Villavieja
de Yeltes.
• Ayudas del Ministerio de Medio Ambiente para la construcción de
una Depuradora de Aguas Residuales con métodos respetuosos para el
medio ambiente.
• Subvención para la construcción de un Ecoparque Etnográfico en
los anexos del Polideportivo Municipal en el que se representaría
la flora del ecosistema de la Dehesa Salmantina.
• Ayudas para el acondicionamiento Azud “El Pisón”
DÉCIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Tomó la palabra el Sr. Alcalde para
manifestar que D. Félix Castilla Alonso, en sendos escritos
presentados en el registro del Ayuntamiento ha reiterado las
preguntas formuladas, tanto a la Alcaldía, como al Sr. Sevillano
Gutiérrez, en la sesión plenaria celebrada el pasado día 12 de
julio de 2004; ambos Corporativos manifiestan su intención de
contestar por escrito con la mayor brevedad posible.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde dio por
terminada la sesión, levantándola a las 15,30 horas, de la que se
extiende la presente Acta de la que como Secretario doy fe.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
EL SECRETARIO-INTERVENTOR
Fdo., JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES
Fdo., Mª ISABEL CABALLO LOPEZ
DILIGENCIA para hacer constar que la trascripción del anterior
Acta se extiende desde el folio 1.815.737 OA01 anverso hasta el
folio 1.815.739 OA01 reverso. EL SECRETARIO.
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