ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE Villavieja DE Yeltes
EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO


Sres. Asistentes,
D. JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES,
Alcalde-Presidente,

D. JULIÁN TABERNERO LÓPEZ,
D. ANTONIO SEVILLANO GUTIÉRREZ,
Dª. FRANCISCA MARTÍN ESTÉVEZ,
Dª. EVA COLINA HERNÁNDEZ,
Concejales.

Ausentes,
D. FELIX CASTILLA ALONSO,
D. JOSÉ ENCINAS MONTES,
D. ALFREDO JOSÉ DEL ARCO ESTÉVEZ,
D. JOSÉ IGNACIO GARCÍA PAULOS,
Concejales.

En Villavieja de Yeltes, siendo las catorce horas y cuarenta minutos del día treinta de septiembre de dos mil cuatro, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, los señores arriba relacionados, bajo la Presidencia de Don José Manuel García Torres y asistidos por la Sra. Secretario-Interventor, Doña Mª Isabel Caballo López, que certifico.

Constatada la existencia de quórum suficiente para la válida celebración de la Sesión, aquélla es declarada abierta por la Presidencia, y a continuación se pasa a conocer de los asuntos incluidos en el Orden del Día.

PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. A continuación por la Presidencia se pregunta a los presentes si alguno tiene que manifestar algún reparo a las actas de las sesiones celebradas los días 12 de julio y 5 de agosto de 2004, y no siendo manifestado ninguno, son aprobadas por unanimidad de los miembros presentes.

SEGUNDO.- DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA ALCALDÍA. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, las resoluciones dictadas por la Alcaldía desde la última Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno son en síntesis las siguientes:
- Otorgamiento de licencias de obras en número de 39.
- Resolución de licencias de obras por desistimiento al no atender el requerimiento en núm. de 19.
- Otorgamiento de licencias de primera ocupación en número de 1.
- Altas en el padrón de habitantes en número de 7.
- Iniciación de procedimiento de otorgamiento de licencia ambiental en número de 1.
- Otorgamiento de licencia ambiental en número de 1.
- Aprobación de bases para la confección de lista de aspirantes para cubrir plazas con carácter temporal para sustituciones y varios.
- Convocatoria de sesión extraordinaria de 12 de julio de 2004.
- Aprobación de factura por gastos de reparación, conservación y mantenimiento del C.R.A. Río Yeltes.
- Convocatoria de sesión extraordinaria de 5 de agosto de 2004.
- Nombramiento de Presidente de Espectáculos Taurinos Populares.
- Iniciación y resolución de expediente de modificación de crédito en la modalidad de Transferencia de crédito.
- Devolución por prorrateo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por baja definitiva.
- Adjudicación de los Seguros de Responsabilidad Civil y Accidentes de espectáculos taurinos y Seguro de suspensión de espectáculos.
- Aprobación del Padrón y Listas Cobratorias de la Tasa por Suministro de Agua, Recogida de Basuras y Alcantarillado 2º Trimestre 2004.
- Autorización de acampada.
- Iniciación de expediente de enajenación de parcela municipal.
- Concesión de fraccionamiento de pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
- Nombramiento de Secretario Accidental.
- Iniciación de expediente de alteración jurídica de viviendas de los maestros.
- Autorización de recogida de leña de árboles caídos en la Dehesa Boyal.
- Devolución de la garantía definitiva presentada por el arrendamiento del Bar de la Piscina Municipal.
- Aprobación del pliego de condiciones económico administrativas que habrá de regir la enajenación, mediante subasta, de parcela Municipal.
- Convocatoria de sesión ordinaria de 30 de septiembre de 2004.

TERCERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INCLUSIÓN DE LAS FIESTAS LOCALES EN EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2005. PROPOSICIÓN.- Visto el escrito recibido de la Delegación Territorial de Trabajo, por el que se requiere a este Ayuntamiento la propuesta de inclusión de fiestas locales en el calendario laboral para el año 2005, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Único, proponer la inclusión como fiestas locales en el calendario laboral para el año 2005, el día 7 de febrero (lunes de Carnaval) y el día 29 de Agosto.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

CUARTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO DE DELEGACIÓN EN LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA DE LAS FACULTADES QUE ESTE AYUNTAMIENTO TIENE ATRIBUIDAS EN MATERIA DE RECAUDACIÓN DE DETERMINADOS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO. PROPOSICIÓN.- Visto el contenido del Convenio de Delegación en la Excma. Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que los Ayuntamientos tienen atribuidas en materia de Recaudación de determinados ingresos de derecho público, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar el Convenio de Delegación en la Excma. Diputación Provincial de Salamanca de las facultades que este Ayuntamiento tiene atribuidas en materia de recaudación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, Tasa por Suministro de Agua, Tasa por Recogida de Basuras, Tasa de Alcantarillado, Tasa por Prestación de Servicios Funerarios y Tasa por Tránsito de Ganado, incluidos en el Anexo I del citado Convenio.
Segundo.- Dicha delegación, una vez aceptada por la Diputación Provincial entrará en vigor el 1 de enero de 2005 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2007.
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del pertinente convenio.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ANEXO AL CONVENIO DE I.B.I. CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL SOBRE COLABORACIÓN EN MATERIA DE MANTENIMIENTO CATASTRAL. PROPOSICIÓN.- Visto el oficio con registro de salida nº 721, de fecha/03/08/04, remitido por el Sr. Presidente del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Salamanca (REGTSA), por el que se remite una copia del Plan Estratégico 2004/2007 y otra del Anexo del convenio del I.B.I. sobre colaboración para el mantenimiento catastral. Examinado detenidamente esté último, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar el Anexo al convenio sobre gestión y recaudación del I.B.I. que este Ayuntamiento tiene suscrito con la Excma. Diputación de Salamanca, por el que se delegan en la misma las competencias que en el mismo se especifican sobre colaboración en materia de mantenimiento catastral.
Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del pertinente convenio.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

SEXTO.- APROBACIÓN PROVISIONAL, SI PROCEDE, DE LA ALTERACIÓN DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA DE VIVIENDAS DE LOS MAESTROS. PROPOSICIÓN.- El Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes (Salamanca) es propietario, entre otras, de dos viviendas afectas al servicio de educación como viviendas de maestros, sitas en C/ Caballeros, números 84 y 86, de esta localidad, con calificación jurídica de bien de dominio público, inscrito en el Registro de la Propiedad de Vitigudino, Tomo 716, Libro 47, Folio 218, Finca registral n.º 6.113, Inscripción n.º 1ª, figurando en dicho registro como sitas en C/ Caballeros números 71 y 73 y en el Libro Inventario de Bienes de la Corporación Local con los números 1.1.0007.01 y 1.1.0008.01. Considerando que las expresadas viviendas se hallan desde hace tiempo deshabitadas y en situación de serio deterioro, sin que el Ayuntamiento disponga de medios para su reparación lo cual motiva la conveniencia del cambio de afectación, para facilitar su posterior enajenación y poder destinar los fondos que se obtengan de la venta en subasta pública a su inversión en otras obras de servicio público a cargo de la Corporación, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar provisionalmente la Alteración de la Calificación jurídica de las Viviendas de los Maestros sitas en la C/ Caballeros figurando con los números 84 y 86 en el Inventario de Bienes y con los números 71 y 73 en el Registro de la propiedad, que quedarán calificadas como bienes patrimoniales.
Segundo.- Someter a información pública durante un mes el expediente, mediante publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

SÉPTIMO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE DECLARAR DESIERTA LA ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL. PROPOSICIÓN.- Vista la propuesta efectuada por la Mesa de contratación para la adjudicación mediante concurso de la gestión indirecta del velatorio municipal previa adaptación de local, de declarar desierta la adjudicación, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.- Declarar desierta la adjudicación de la Gestión indirecta de Velatorio Municipal, ante las diferentes interpretaciones de valoración de los criterios de adjudicación, dado que optar por una u otra interpretación equivaldría a adjudicar el contrato a una de las dos empresas licitadoras en términos subjetivos en contra de lo determinado por la legislación sobre contratación administrativa.
Segundo.- Acordar la devolución de la fianza provisional presentada por los licitadores.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

OCTAVO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL. PROPOSICIÓN.- Declarada desierta la adjudicación de la Gestión indirecta de Velatorio Municipal, ante las diferentes interpretaciones de valoración de los criterios de adjudicación, y con el fin de determinar con precisión la forma de valorar los criterios de adjudicación, visto el Convenio de cesión de uso del salón existente en la planta baja del Hogar Parroquial ubicado en la C/ Caballeros núm. 2 de Villavieja de Yeltes, suscrito el día 12 de enero de 2004 con la Parroquia de Villavieja de Yeltes por el Sr. Alcalde, la conveniencia de la implantación del servicio y la conveniencia de la prestación del servicio de forma indirecta (por concesionario), el Acuerdo Plenario de 11 de febrero aprobando el Proyecto de acondicionamiento de local para velatorio, así como los Acuerdos Plenarios de 21 de abril y 12 de julio de 2004, por los que se aprobaron sendos presupuestos reformados del citado proyecto, siendo definitivo el presupuesto del último acuerdo citado, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente Acuerdo:
-Primero: Aprobar el expediente de contratación y el pliego de condiciones económico-administrativas (que figura como anexo del presente acuerdo) para la adjudicación mediante concurso de la gestión indirecta (concesión) del servicio público de velatorio, previa adecuación del salón por el concesionario conforme al proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado.
- Segundo: Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación, mediante procedimiento abierto, convocando concurso para su adjudicación, mediante tramitación urgente, puesto que de otra manera el plazo de concesión se vería reducido, limitando así la concurrencia de empresas licitadoras, y siendo necesario satisfacer la necesidad de velatorio en este municipio.
-Tercero: La Mesa de Contratación estará constituida por el Alcalde o concejal en quien delegue, como Presidente y cuatro vocales que serán un concejal por cada grupo político municipal, el Técnico redactor del proyecto y el Secretario de la Corporación o quien le sustituya, éste último actuará como Secretario de la Mesa de Contratación.
-Cuarto: Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato, facultando al Sr. Alcalde para que adopte las mediadas necesarias para la efectiva ejecución del presente acuerdo.
ANEXO:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS-PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL VELATORIO MUNICIPAL.

I.- Objeto del contrato: Concesión del servicio de velatorio en el salón existente en la planta baja del Hogar Parroquial con una superficie útil de 129,40 m2 y superficie construida de 154,08, sito en la C/ Caballeros núm. 2, con la obligación de acondicionar previamente el inmueble para la finalidad prevista conforme al proyecto técnico denominado Proyecto de Adaptación de local para velatorio (redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado) aprobado mediante Acuerdo Plenario de 11 de febrero de 2004, y cuyo presupuesto reformado fue aprobado en sesiones plenarias de 21 de abril y 12 de julio de 2004, siendo definitivo el del último acuerdo citado, cuyo importe asciende a 64.848,93 euros.
El servicio se prestará siempre cumpliendo con la normativa en vigor sobre policía mortuoria y conforme al reglamento municipal de funcionamiento del servicio.
II.- Procedimiento y forma de adjudicación de la concesión: El contrato de concesión se adjudicará por procedimiento abierto, mediante concurso público y tramitación urgente y se regirá por el presente pliego de condiciones administrativas particulares, el proyecto técnico de adaptación de local para tanatorio del local para la prestación del servicio de velatorio (redactado por el Arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado), así como, por la Ley 7/85 de 32 de abril, por el D.L. 781/86 de 18 de abril, por el R.D.L. 2/2000 de 16 de junio que aprueba el Texto Refundido de la ley de contratos de las Administraciones Públicas, Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas y demás normas de derecho administrativo.
III.- Plazos:
De la concesión: 24 años desde la firma del contrato administrativo de concesión del servicio.
De ejecución de las obras y puesta en funcionamiento del servicio: En el plazo máximo de cuatro meses desde la firma del contrato de concesión del servicio las obras de acondicionamiento tendrán que estar terminadas y el servicio habrá de estar prestándose de forma efectiva.
IV.- Obras a realizar:
El Ayuntamiento adscribe al servicio el salón existente en la planta baja del Hogar Parroquial con una superficie útil de 129,40 m2 y superficie construida de 154,08, sito en la C/ Caballeros núm. 2 (de titularidad de la parroquia de Villavieja de Yeltes y cuya cesión de uso por 25 años fue acordada en virtud de convenio suscrito el día 12 de enero de 2004).
El concesionario deberá realizar la obra civil de adaptación del local para el uso que se pretende conforme al proyecto redactado por el arquitecto D. José Ángel Mateos Holgado, y adquirir el mobiliario necesario para la prestación del servicio. A tal efecto deberá solicitar las oportunas licencias municipales.
Queda sujeta a reversión una vez transcurrido el plazo de concesión el local con todas las modificaciones efectuadas, así como el mobiliario adquirido para la prestación del servicio de velatorio.
La dirección e inspección técnica de las obras será llevada a cabo por el Técnico redactor del proyecto, más los que en su día designe el Ayuntamiento.
V.- Obligaciones del concesionario:
a) Prestar el servicio objeto del contrato (velatorio) adecuando para ello el local (tanto obra civil de acondicionamiento como mobiliario) y obteniendo las autorizaciones necesarias en el plazo de cuatro meses desde la firma del contrato.
b) El servicio se prestará todos los días del año por el concesionario durante el plazo de concesión, siendo de su cuenta todos los gastos que origine el funcionamiento del servicio (tributos por realización de obras, mantenimiento, limpieza, consumos de agua, electricidad, teléfono...).
c) Conservar el inmueble y mobiliario en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene, hasta que, por conclusión de la concesión, deban entregarse al Ayuntamiento.
d) Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía que corresponden al Ayuntamiento.
e) Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.
f) Responder ante terceros de los daños que puedan irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, excepto cuando los daños sean imputables al Ayuntamiento.
g) No enajenar ni grabar sin autorización bienes que deban revertir a la Administración concedente.
h) Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la anuencia de la Administración.
i) El contratista está obligado al cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social, laborales y de seguridad e higiene en el trabajo respecto a las obras objeto de contrato, y de la prestación del servicio quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad que pudiera derivarse por este incumplimiento.
j) El concesionario suscribirá a favor del Ayuntamiento una póliza de seguro a todo riesgo, con cobertura suficiente para responder a las normales que se pudieran derivar de la prestación del servicio: incendios, averías del inmueble, responsabilidad civil, etc.
VI.- Derechos del concesionario:
a) Utilizar las instalaciones para la prestación del servicio.
b) Percibir de los usuarios las tarifas correspondientes.
c) Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico de la concesión en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por el Ayuntamiento que aumenten los costes o disminuyan las tarifas, o por la asunción directa de la gestión del servicio si esta se produjera por razones de interés público y en caso de rescate de la concesión o supresión del servicio.
VII.- Tarifas a percibir de los usuarios del servicio: 180 euros por utilización de cada velatorio.
La empresa adjudicataria queda autorizada para incrementar el precio establecido hasta un máximo del IPC anual, con efectos del 1 de enero a partir del 1 de enero del 2006.
VIII.- Plazo de garantía y devolución de Fianza. El plazo de garantía será de doce meses a contar desde el siguiente al cumplimiento del plazo de la concesión. Dentro del mes siguiente al cumplimiento del plazo de garantía, se procederá a la devolución de la fianza, cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación vigente.
IX.- Riesgo y ventura: El concesionario gestiona el servicio a su riesgo y ventura y este no tendrá derecho a indemnización salvo en lo previsto en la cláusula sexta.
X.- Personal: El Personal que el concesionario destine a la prestación del servicio no tendrá ninguna relación laboral con el Ayuntamiento. Al concluir la concesión en ningún caso asumirá este personal.
XI.- Capacidad para contratar: Podrán presentar ofertas, por si mismos o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para ello en los términos previstos en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio y que no se encuentren incluidas en los supuestos de prohibición recogidos en el art. 20 de dicha Ley.
No podrán presentar oferta las empresas que no se hallen al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes.
XII.- Criterios para la adjudicación del servicio:
1.- Abaratamiento de las tarifas superior al 10% hasta 4 puntos. Se otorgarán los 4 puntos a la mejor oferta y a la/s siguiente se aplicará la proporción en relación con la primera.
2.- Soluciones técnicas que mejoren el proyecto aprobado hasta 3 puntos. Se valorarán económicamente las ofertas presentadas, otorgándose los 3 puntos a la más alta, y a la/s siguiente se aplicará la proporción en relación con la primera.
3.- Mejoras al edificio en su conjunto hasta 2 puntos. Se valorarán económicamente las ofertas presentadas, otorgándose los 2 puntos a la más alta, y a la/s siguiente se aplicará la proporción en relación con la primera.
4- Adelanto en el plazo de reversión......... Por cada año........0´25 puntos
XIII.- Garantía provisional: En aplicación de lo posibilitado en el artículo 38 del Texto Refundido de la Ley de Contratos para las Administraciones Públicas deberá acompañarse a la proposición documento acreditativo de haber constituido fianza o garantía provisional por un importe de 901,52 euros, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 35 del TRLCAP.
XIV.- Garantía definitiva: 3.005,06 euros, que podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 36 del TRLCAP.
XV.- Presentación de proposiciones:
1/ Lugar y plazo de presentación: en el registro general del Ayuntamiento en mano de 8 a 12 horas durante los 13 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el B.O.P.
También podrá presentarse la proposición por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente la fecha del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación por fax, telex o telegrama la remisión de la documentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
2/ Formalidades: las proposiciones contarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno se hará constar el contenido, en la forma que se indicará y con el nombre del licitador.
a) Sobre A, denominado “Proposición económica y modificaciones al objeto del contrato” y contendrá la proposición con arreglo al siguiente modelo:
Don...................., con domicilio en ..............., nº ....., localidad ................. C.P.........., con D.N.I. .................... y teléfono.............. en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en representación de ...... ),
EXPONE:
Que enterado de la convocatoria de concurso para la adjudicación del servicio de velatorio (previo adaptación del local mediante ejecución de la obra civil prevista en el proyecto técnico aprobado en Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes de 11 de febrero de 2004, y cuyo presupuesto reformado fue aprobado en sesiones plenarias de 21 de abril y 12 de julio de 2004, siendo definitivo el del último acuerdo citado, y la adquisición del mobiliario necesario), tomo parte en el mismo comprometiéndome a gestionar el servicio (previo acondicionamiento del local) con arreglo al pliego de condiciones que acepta íntegramente, con los criterios, mejoras y soluciones que expongo a continuación (referidas a los criterios de la cláusula 12):
Lugar y fecha y firma
b) Sobre B denominado “Documentos” y contendrá la siguiente documentación:
-1- Si se trata de un empresario individual deberá presentar copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
Si se trata de una persona jurídica, presentará copia compulsada de la Escritura de constitución y en su caso modificación de la sociedad, copia compulsada de la Escritura del poder que acredite la posibilidad de firmar la proposición y copia compulsada del D.N.I. del firmante de la proposición.
-2-Declaración jurada, en la que el licitador afirme, bajo su responsabilidad, no hallarse incurso de incapacidad o incompatibilidad, ni en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-3- Documento acreditativo de que el licitador se halla de Alta en el momento de presentación de plica en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente, en cualquier parte del territorio nacional, y al corriente del pago del mismo.
-4- Declaración expresa, responsable del licitador, en la que afirme estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-5- Documento acreditativo de la constitución de Fianza Provisional.
Durante el plazo de presentación de ofertas, los interesados podrán examinar en las oficinas municipales el proyecto de adecuación del local al velatorio y los pliegos de cláusulas administrativas particulares así como el resto de la documentación del expediente de contratación pudiendo solicitar cuantas aclaraciones consideren convenientes.
La presentación de la oferta presume la aceptación incondicionada, por parte del contratista, del contenido de las cláusulas administrativas sin salvedad alguna.
XVI.- Constitución de la mesa y apertura de plicas:
La apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas se celebrará en acto público en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, a las doce horas del quinto día siguiente hábil, al que finalice el plazo de presentación de las mismas, por la Mesa de contratación constituida al efecto, e integrada por el Presidente, Vocales y Secretario designados por el órgano de contratación. A este efecto no se considerará hábil el sábado.
Previamente a la mencionada apertura, la Mesa de la Contratación procederá a la calificación de los documentos exigidos en la cláusula 15 del presente Pliego de Cláusulas, y en caso de observar defectos materiales en la referida documentación podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días, para que el licitador subsane el error, incluso con la aportación de documentos, aunque éstos habrán de estar siempre referidos a la fecha límite de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
En el acto público de la apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas, solamente se efectuará respecto de aquellos que hayan sido admitidos por la mesa de Contratación en el acto de calificación previa.
A la vista de las ofertas efectuadas, La Mesa de Contratación procederá a elevar propuesta al órgano de contratación de la adjudicación del contrato.

La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
XVII.- Adjudicación del contrato.
El Órgano de contratación, recibida la documentación de la mesa de contratación y evacuados los informes técnicos pertinentes, dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la apertura de proposiciones económicas, resolución adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa o declarando desierto el concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la fecha del acuerdo de adjudicación, se notificará la resolución a los participantes en el concurso, con requerimiento al adjudicatario para que constituya garantía definitiva en la cuantía y forma indicada en la cláusula 14.
XVIII.- Formalización del contrato: Una vez constituida la fianza definitiva, el adjudicatario vendrá obligado a formalizar el contrato de concesión en el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa.
Cuando por causas susceptibles al contratista no pueda formalizarse el contrato en el plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del mismo siendo trámite necesario la audiencia del interesado por plazo de diez días naturales. En este caso se podrá exigir indemnización por los daños y perjuicios causados. Si la causa de no formalización es imputable al Ayuntamiento se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que se le pueda ocasionar, sin perjuicio de que éste solicite la resolución del contrato.
XIX.- Gastos a cargo del adjudicatario:
a) El coste de redacción del proyecto, y el del anuncio de publicación del concurso en el B.O.P. Igualmente correrán por cuenta del adjudicatario los gastos por prestación de trabajos facultativos de dirección técnica y cualquier otro que resulte de aplicación, según las tarifas de honorarios vigentes de los Colegios profesionales de los técnicos.
b) Los tributos estatales, autonómicos o municipales.
c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido en la tarifa fijada a cobrar al usuario.
d) Formalización pública del contrato de adjudicación si deseara el adjudicatario elevarlo a escritura pública
XX.- Régimen Jurídico.-El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no establecido en este Pliego por la Ley 7/1985, de 2 de abril, por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas., por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica estatal promulgue la Comunidad Autónoma, por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y por las demás normas de derecho administrativo. En defecto de todas estas normas será aplicable el Derecho Privado.
XXI.- Jurisdicción competente- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.

VOTACIÓN.- Votos a favor, 5. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. La proposición es aprobada como acuerdo en sus mismos términos.

NOVENO.- INFORMES DE LA ALCALDÍA. Seguidamente tomó la palabra el Sr. Alcalde-Presidente para informar con relación a los siguientes asuntos:
- En breve se procederá al inicio de la Segunda Fase del Proyecto de Ejecución del Carril Bici.
- En el día de ayer ha visitado nuestro municipio el Excmo. Sr. Subdelegado del Gobierno, Don Jesús Málaga Guerrero, y en conversación mantenida con Alcaldes de otros municipios, se le ha dado traslado de las siguientes reivindicaciones, con el fin que sirva de enlace ante las Instituciones Públicas competentes:
• Mejora urgente del firme y de la señalización horizontal de la carretera SA-325, desde La Fuente de San Esteban hasta Cerralbo, eje de comunicación claves para varias poblaciones del Valle del Yeltes, la carretera CL-517 desde Vitigudino a Villavieja, Baños de Retortillo, Retortillo y Castillejo de Yeltes, así como salida y acceso directo a la futura autovía A-62 Salamanca-Fuentes de Oñoro.
• Plan de mejora de las telecomunicaciones que nos permita acceder en condiciones normales a la telefonía móvil, a los diversos canales de televisión tanto públicos como privados y a las emisoras de radio.
• Recursos para habilitar la Vía Férrea de Boadilla-La Fuente de San Esteban-Barca de Alva para fomentar el turismo e incentivar la economía de esta zona.
Igualmente, y con el mismo fin se le dio traslado de las reivindicaciones que afectan únicamente a nuestro municipio como:
• Construcción de un nuevo Cuartel de la Benemérita en Villavieja de Yeltes.
• Ayudas del Ministerio de Medio Ambiente para la construcción de una Depuradora de Aguas Residuales con métodos respetuosos para el medio ambiente.
• Subvención para la construcción de un Ecoparque Etnográfico en los anexos del Polideportivo Municipal en el que se representaría la flora del ecosistema de la Dehesa Salmantina.
• Ayudas para el acondicionamiento Azud “El Pisón”

DÉCIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Tomó la palabra el Sr. Alcalde para manifestar que D. Félix Castilla Alonso, en sendos escritos presentados en el registro del Ayuntamiento ha reiterado las preguntas formuladas, tanto a la Alcaldía, como al Sr. Sevillano Gutiérrez, en la sesión plenaria celebrada el pasado día 12 de julio de 2004; ambos Corporativos manifiestan su intención de contestar por escrito con la mayor brevedad posible.

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde dio por terminada la sesión, levantándola a las 15,30 horas, de la que se extiende la presente Acta de la que como Secretario doy fe.

EL ALCALDE-PRESIDENTE                             EL SECRETARIO-INTERVENTOR
Fdo., JOSÉ MANUEL GARCÍA TORRES           Fdo., Mª ISABEL CABALLO LOPEZ

DILIGENCIA para hacer constar que la trascripción del anterior Acta se extiende desde el folio 1.815.737 OA01 anverso hasta el folio 1.815.739 OA01 reverso. EL SECRETARIO.